Revista GLOBAL

La República Dominicana ante el nuevo marco de Transparencia Reforzado para la Acción Climática

por Karen Hedeman Lluberes
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La República Dominicana ratificó en el 2017 el mayor acuerdo globalmente vinculante en la historia de los esfuerzos colectivos de la humanidad: el Acuerdo de París. Este entró en vigor el 4 de noviembre del 2016, transcurrido menos de un año de su adopción, el 12 de diciembre del 2015, en la Vigésima Primera Conferencia de las Partes (COP21) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), realizada en París. Según datos del Índice Global de Riesgo Climático del 2018, la República Dominicana se coloca en el décimo puesto de los países más vulnerables a nivel mundial ante el cambio climático, por lo que esta gestión debe constituirse aún más en un eje transversal en la administración del Estado. La República Dominicana genera apenas el 0.06% de las emisiones globales, cifra insignificante en comparación con las emisiones de países como China, India y Brasil. Sin lugar a dudas, el cambio climático es una amenaza urgente para la humanidad que exige una acción rápida y categórica. Para países como la República Dominicana, enfrentar el cambio climático requiere decisiones políticas, económicas y sociales que incidan en los hogares e industrias y en la manera en la que los dominicanos producimos La República Dominicana ante el nuevo marco de Transparencia Reforzado para la Acción Climática La República Dominicana está en el décimo puesto de los países más vulnerables ante el cambio climático. Por esta razón se necesita promover acciones para prevenir desastres. En este artículo se explica cómo un marco de transparencia reforzado facilita el monitoreo, el apoyo en forma de financiación y la transferencia de tecnología para la acción climática.

Pero sobre todo garantiza un seguimiento serio, tangible y efectivo que ayudará a la reducción o estabilización de los gases de efecto invernadero y la adaptación de nuestros ecosistemas. L bienes y adquirimos productos y servicios como parte de nuestra cultura de consumo nacional. La Ley 1-12 sobre la Estrategia Nacional de Desarrollo (END)-2030 y el Decreto 269-15 que crea la Política Nacional para el Cambio Climático son identificados como el preludio de una nueva política estatal que busca romper el paradigma de una visión del desarrollo alto en carbono, incentivando nuevas metas que exigen un cambio en los patrones de producción y consumo, a través de políticas, programas y acciones de mitigación y adaptación al cambio climático.

Leyes como la 57-07 sobre Incentivo a las Energías Renovables y Regímenes Especiales, la ratificación del Protocolo de Kioto y su Enmienda de Doha, el Acuerdo de París, la presentación ante la Convención de la primera Contribución Nacional Determinada y la creación de planes como el Plan de Desarrollo Económico compatible con el Cambio Climático, el Plan Nacional de Adaptación y su actualización, los cinco inventarios nacionales realizados desde 1990 hasta el 2010 y las tres comunicaciones nacionales presentadas entre el 2004 y el 2017 son algunos de los instrumentos legales y técnicos que promueven la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la adaptación a los impactos del cambio climático.

Transparencia 

La palabra transparencia proviene del latín transparens y literalmente significa «aparecer a través de». En otros ámbitos se utiliza el término para el acceso libre a la información e, incluso, como el enemigo máximo de la corrupción. En lo relacionado con el cambio climático (donde tantos Estados han asumido grandes compromisos como el de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero), no es de extrañar que la transparencia, siendo una palabra con un contexto tan amplio e importante, haya sido tomada por el Acuerdo de París, en su artículo 13, para generar la confianza mutua entre las partes. En dicho artículo se establece el Marco de Transparencia Reforzado, y se fomenta la seguridad y la familiaridad de las medidas climáticas y de su financiamiento, el incentivo para desarrollar la tecnología. Para esto último se tomarán como base los arreglos para la transparencia previstos en la Convención (el Monitoreo, Reporte y Verificación –MRV–) y se reconocerán las circunstancias especiales de los Estados insulares en desarrollo, cuyo marco deberá aplicarse respetando la soberanía nacional y las circunstancias nacionales. Es necesario recordar que el Protocolo de Kioto (PK) solo formulaba reglas de contabilidad a través de inventarios y metodologías que recopilan datas sectoriales cuantificables para la formulación de las metas de mitigación en el ámbito internacional.

De esa manera daban respuesta a los reportes nacionales que debían ser presentados por países desarrollados (A1), evolucionando luego de la reunión en Indonesia (COP13) en una propuesta integral que ahora incluye el Monitoreo, Reporte y Verificación (MRV) de los esfuerzos de mitigación, robusteciéndose así el marco de transparencia existente. Luego del Acuerdo de París (AP) se establece un Marco de Transparencia Reforzado que engloba las reglas contables y el MRV previamente existente, enfocado y potenciado para que los países que ratificaron el AP puedan comunicar con claridad, transparencia y comprensión en las Contribuciones Nacionales Determinadas (CND), a través de datos exactos, exhaustivos, comparables y coherentes, evitando el doble conteo en cuanto a la reducción de las emisiones de GEI y que facilitarán la realización de los futuros balances mundiales a presentarse cada cinco años y establecidos en el artículo 14 del AP, siendo el instrumento por el cual se medirá el esfuerzo global frente al cambio climático. 

Nuevo Marco de Transparencia Reforzado 

El artículo 13 establece un marco de transparencia reforzado para las medidas y el apoyo, dotando de flexibilidad a países como la República Dominicana. Dicho marco de transparencia busca dar una visión clara de las medidas adoptadas para hacer frente al cambio climático a la luz del objetivo de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), y se indica que los países deberán proporcionar la siguiente información: a) un informe sobre el inventario nacional de las emisiones antropogénicas por las fuentes y la 69 absorción antropogénica por los sumideros de gases de efecto invernadero, elaborado utilizando las metodologías, las guías y las directrices de buenas prácticas del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, en inglés) que haya aprobado la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París; b) la información necesaria para hacer un seguimiento de los progresos alcanzados en la aplicación y el cumplimiento de su contribución determinada a nivel nacional (NDC, en inglés) en virtud del artículo 4; c) información relativa a los efectos del cambio climático y a la labor de adaptación.

El propósito del marco de transparencia para el apoyo busca una visión clara de la ayuda prestada o recibida, y, como base para el balance mundial, ofrecer, en lo posible, un panorama completo del apoyo financiero agregado. Con este fin deberán proporcionar información sobre el apoyo en forma de financiación, de transferencia de tecnología y de fomento de la capacidad requerida, con arreglo a lo dispuesto en estos artículos. Además, cada parte participará en una revisión sobre los reportes de mitigación presentados y un examen facilitador y multilateral de los progresos alcanzados en sus esfuerzos relacionados con el financiamiento y el cumplimiento de los diferentes tipos de NDC presentadas, con la posibilidad de que este último examen sea optativo para los países como la República Dominicana, pero este es un punto que aún no se ha definido. Ciertamente, el AP no obliga y deja a discreción de los países en desarrollo (especialmente los menos adelantados y los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, grupo al cual pertenece la República Dominicana) la presentación de un informe bianual al que se alude en el artículo 13.

Sin embargo, es claro que las partes que presenten informes y participen en un examen facilitador posterior a la presentación de los reportes generados nacionalmente podrán dar a conocer las necesidades nacionales de asistencia requerida, los progresos alcanzados con la implementación y consecución de la NDC y los impactos del cambio climático. Un aspecto importante para países como la República Dominicana es que aún no está claro cómo el marco de transparencia trabajará para los países que participan en los nuevos mecanismos basados en mercados establecidos en el artículo 6 del AP, en los cuales debe ser limitada la flexibilidad a los países en desarrollo donde se implementen y ejecuten, para evitar la doble contabilidad en los reportes de GEI. Lo que sí está claro es que los SIDS y los Países Menos Adelantados (LDC, en inglés) deberían recibir el apoyo financiero que requieran para mejorar sus capacidades de presentación de informes en el marco de transparencia, ya que la mejora en la presentación de informes o reportes nos ayudará a identificar opciones de mitigación y adaptación, proporcionando las evidencias necesarias para asegurar financiamiento y otros apoyos como transferencia de tecnologías y fomento de capacidades. 

República Dominicana y los reportes ante la CMNUCC En el caso de la República Dominicana, es en el 2013, a través del proyecto global Information Matters, cuando se inician los trabajos para el establecimiento de un sistema de MRV que pudiera responder a la demanda de data sectorial requerida para la presentación de las comunicaciones nacionales, en ese entonces establecidos por los artículos 4 y 12 de la CMNUCC. Y es precisamente en el 2013 cuando se inicia la preparación de la Tercera Comunicación Nacional (TCN) de la República Dominicana, por lo que el país, aprovechando la situación, decide que ambos proyectos aúnen esfuerzos para presentar un Inventario Nacional de GEI o INGEI bajo la premisa de calidad de data y se crea una primera 71 propuesta de lo que sería un Sistema Nacional de MRV. Hay que destacar que todas estas acciones se estaban realizando con anterioridad a la existencia del Acuerdo de París, por lo que el enfoque en la historia de la Transparencia Climática se basaba en el MRV-mitigación para los reportes basados en un INGEI, sin considerar el financiamiento ni las medidas y evaluaciones para la adaptación ante el cambio climático. Un aspecto a subrayar fueron las limitadas capacidades nacionales que tuvo la realización de los dos primeros levantamientos de comunicaciones nacionales, por lo que para las siguientes se decidió que la República Dominicana creara condiciones que mejoraran la recolección de datos estratificada, la frecuencia en la que se realizan los INGEI y la calidad de los reportes nacionales ante la CMNUCC, tales como el Informe Bienal de Actualización (IBA o BUR, por sus siglas en inglés) con sus respectivos procesos de consulta y análisis internacional. Actualmente el país está preparando su primer Informe Bienal de Actualización. 

Marco o Sistema Nacional de Transparencia vs Sistema Nacional de MRV 

Los conceptos pueden parecer similares; sin embargo, el contraste se sustenta en la integralidad de las medidas y el apoyo que engloba el Marco de Transparencia Reforzado establecido en el AP, y que podría establecerse nacionalmente a través de un Sistema de Transparencia Nacional, viendo más allá de un Sistema Nacional de MRV que solo se enfoca en el cumplimiento de los reportes contables de GEI para las acciones de mitigación. En consecuencia, tomando en consideración las prioridades nacionales en medidas de adaptación (incluidas las buenas prácticas y/o carencias, construcción de capacidades y tecnologías, y dejando definidas las obligaciones claras sujetas en la NDC sobre la meta nacional de una reducción en la intensidad de emisiones de GEI de un 25% para el 2030, teniendo como año base el inventario del 2010), podemos decir que cualquier sistema de MRV debe considerar la integralidad de las medidas de adaptación y mitigación, transferencia de tecnología, fomento de la capacidad y el financiamiento, siendo este último no solo el provisto internacionalmente sino también el asignado dentro del presupuesto nacional. De esa manera se logrará alcanzar los objetivos establecidos en nuestra NDC, de acuerdo con las circunstancias nacionales y claramente apelando a la flexibilidad en la transparencia, por ser la República Dominicana un país insular en desarrollo. Actualmente, en el país se encuentra en ejecución la Iniciativa para la Acción Climática Transparente (ICAT, en inglés), implementada por el Consejo Nacional para el Cambio Climático y Mecanismo de Desarrollo Limpio, y que busca establecer legalmente un Sistema Nacional de MRV.

Es importante precisar que la misma está enfocada en la mitigación, por lo que el Sistema Nacional de MRV vendría a complementar parte de lo que debe ser un Sistema de Transparencia Nacional, el cual esperamos sea desarrollado y puesto en operación en los próximos años, y que, además, en su integralidad se deberán contemplar las medidas de adaptación y de financiamiento. Acá el Banco Central de la República Dominicana tendrá un rol preponderante en la visualización de las acciones en el presupuesto nacional. La Oficina Nacional de Estadística (ONE), por igual, deberá fortalecerse para la recolección de la data sectorial. Con estos, se realizarán los inventarios de los diferentes sectores de la economía nacional: energía (incluyendo El cambio climático es una amenaza urgente para la humanidad que exige una acción rápida y categórica 72 transporte), residuos, cemento, agricultura, forestal, etc. Luego del AP, la CMNUCC, con fondos del Global Environment Fund (GEF), el cual cuenta con unos 50 millones de dólares americanos para establecer esta Iniciativa para el Fomento de la Capacidad de Transparencia (IFCT o CBIT, por sus siglas en inglés), buscará fortalecer, transparentar las instituciones nacionales y ofrecer herramientas, capacitación y medición (a través de indicadores cuantitativos y cualitativos). Actualmente, en las negociaciones de la CMNUCC se está trabajando en la creación de un Rule book (libro de normativas) para establecer las modalidades, procedimientos y directrices. Para el nuevo marco de transparencia mejorado se indica que estas MPG deberán sustituir el sistema de MRV inmediatamente después de la presentación de los informes bienales finales y los informes bienales de actualización. Otro aspecto relevante es el vínculo entre Transparencia y el Art. 15 del AP sobre un mecanismo que facilite la implementación y promueva el cumplimiento del acuerdo, tomando como base los reportes sobre financiamiento para la transferencia de tecnología y la construcción de capacidades. Ya que el acuerdo global no obliga a los países a reducir sus emisiones, pero sí a la presentación continua de reportes cada vez más ambiciosos, y siendo la transparencia un instrumento esencial ante la CMNUCC, se supone que todos los países, a través de un marco de transparencia reforzado, mejorarán continuamente los reportes y, por lo tanto, se reducirá el incumplimiento del acuerdo. 

Conclusiones 

La ratificación del AP es un compromiso que requiere mostrar nuestras acciones nacionales ante el mundo. Existe la necesidad imperante de una transición hacia una economía baja en carbono y compatible con el cambio climático, procurando cambios en las tecnologías, la energía, la economía, las finanzas y el consumo, y, quizás lo más retador, en la concepción de todos los dominicanos en un mundo que cada vez más exige y establece metas en procura de un desarrollo ambientalmente sostenible y de reducción de la pobreza. En el 2018 se estará trabajando en un libro de normativas que guiará la implementación del Acuerdo de París sobre el Cambio Climático, y claramente las modalidades, procedimientos y directrices (MPG) basados en el MRV regirán el marco reforzado de transparencia y serán un elemento central que asegurará que los países brinden suficiente información sobre la acción y el apoyo prestado y recibido mediante los formularios comunes tabulares en el marco de la flexibilidad. Sin lugar a dudas, el cambio climático es un reto global a todas las escalas, para algunos países más que para otros.

Para que la República Dominicana pueda implementar efectivamente la acción climática será necesario trabajar en el artículo 13 del Acuerdo de París, a través de un Sistema de Transparencia Nacional integral, preparando al país para la provisión efectiva de fondos climáticos hacia los temas que más necesite, y como resultado final se alcanzarán las metas nacionales establecidas en la NDCRepública Dominicana, las cuales deberán ser cada vez más ambiciosas, hasta lograr alcanzar los objetivos del AP de mantener la temperatura media mundial muy por debajo de 2 ºC y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1.5 º C con respecto a los niveles preindustriales, aumentar la capacidad de adaptación y situar los flujos financieros en una trayectoria que conduzca a un desarrollo bajo en carbono.


2 comentarios

sell weapons julio 19, 2024 - 1:02 am

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